Los partidos políticos están bajo la obligación del Instituto Electoral de Participación Ciudadana en Tabasco en cumplir acciones de manera positivas a favor de jóvenes, afromexi­canos, personas con discapaci­dad, indígenas y de la diversidad sexual; durante el proceso de registro de candidaturas a dipu­taciones, con la pena de ser rem­plazados los que no cumplan con la disposición.

Las medidas señaladas por el Tribunal Electoral Local, y acata­dos por el órgano electoral local, en el acuerdo CE/2023/027, esti­pula la obligatoriedad en algunos casos y optativos en otros.

Los partidos están obligados a asignar 6 diputaciones para representantes jóvenes por mayoría relativa, lo que significa que sus representantes deben tener entre 18 y 29 años de edad.

Se ha ordenado que se asigne una diputación por mayoría relativa de forma obligatoria para personas indígenas y/o afromexicanas.En este caso, el distrito indígena, es el 4 en Centla y se vuelve obligatorio.